La Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN) rechazó un incidente de suspensión que había solicitado el Poder Judicial del Estado para evitar la disminución de su presupuesto

Alejandro Peza

La Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN) rechazó un incidente de suspensión que había solicitado el Poder Judicial del Estado para evitar la disminución de su presupuesto que se plantea en el paquete fiscal del estado para el año 2023.

En los estrados de la SCJN se indica que se niega la medida cautelar solicitada en un incidente de suspensión relacionada con la controversia constitucional 161/2023 promovida por el Poder Judicial del Estado.

La controversia se interpuso contra el contra el decreto 007, mediante el cual se autoriza al Poder Ejecutivo afectar los presupuestos de los poderes, así como de los órganos autónomos. La controversia alega violación a la autonomía de los Poderes y demás órganos.

Específicamente, la controversia impugna el artículo 67 del Decreto 007, aprobado en diciembre del 2022, según el cual “durante el ejercicio fiscal que corresponda, con la finalidad de cumplir con el principio de sostenibilidad del balance presupuestario y del balance presupuestario de recursos disponibles se podrán realizar ajustes a los presupuestos del Poder Judicial, el Poder Legislativo y de los órganos constitucionales autónomos durante el ejercicio fiscal que corresponda, con base en lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y artículo 35 la Ley de Presupuesto y Gasto Público del estado de Quintana Roo”.

Un dato importante es que no se trata de un fallo definitivo, pues el Poder Judicial de Quintana Roo aún puede recurrir esta decisión.

El Congreso del Estado de Quintana Roo habría admitido respecto de la controversia que, en efecto, omitió la consulta pública debido a que la ley fue a favor de los grupos indígenas y de personas con discapacidad.

Será en los siguientes días que el Congreso del Estado de Quintana Roo sea notificado de manera formal e inicie los trabajos legislativos conforme a la orden del máximo órgano jurisdiccional del país.